EMSA SE ENRIQUECE SIN CAUSA A COSTA DE LOS MISIONEROS

EMSA SE ENRIQUECE SIN CAUSA A COSTA DE LOS MISIONEROS

CPN Luis M. Pastori – 19set2024

El afán recaudador de la empresa de electricidad de Misiones parece no tener límites.

Dentro de los diferentes conceptos que se detallan en las facturas de consumo, aparece uno bajo el nombre: «Ley Provincial 2620/89 cat 05 % 1,5» que en el ejemplo adjunto más abajo tiene un cargo por $637,71 (corresponde al consumo del periodo 08/2024).

Buscando desentrañar el significado, nos encontramos con la entonces Ley 2620 sancionada el 16/03/1989 -actual Ley XIX N° 22- que en su artículo 1 dice textualmente: «Los jubilados y pensionados radicados en la Provincia de Misiones que perciben haberes hasta el monto de un salario mínimo, vital y móvil mensual gozarán, a partir de la promulgación de la presente Ley, en la casa que habitan sea propia, alquilada o en comodato, de un descuento del cincuenta por ciento (50%) en el monto de las facturas que por el servicio de luz Categoría Residencial, que EMSA cobra a sus usuarios»

Aclara luego, en el artículo 2 que: «La aplicación de lo preceptuado en el artículo anterior, será efectiva hasta un consumo de ciento cincuenta (150) kw/hora en los meses de otoño e invierno y de doscientos (200) kw/hora en los de primavera y verano* (bastante «amarrete» por cierto).

O sea, se trata de un beneficio (descuento del 50%) y no de un cargo (costo) en la facturación del servicio. Sin embargo, EMSA (o Energía de Misiones) utiliza dicho concepto para agregar una obligación de pago más en la facturación y que, por cierto, no tiene nada que ver con lo que dispone la ley en cuestión.

Claramente, la boleta que se acompaña como ejemplo y prueba, no encuadra en los parámetros de la ley para acceder al beneticio del descuento ni por el lado de que el usuario perciba una jubilación mínima ni por el tope de consumo para gozar del descuento. Pero, de ahí a aprovechar la ley para imponer un cargo totalmente arbitrario y antojadizo violando todo precepto legal y abultando el importe total a pagar, implica un enriquecimiento sin causa para la empresa estatal a expensas de sus usuarios sin que exista una justificación legal para ello.

EMSA no solo debe restituir lo obtenido a las partes perjudicadas, sino que podría ser demandada a una compensación adicional por los daños sufridos como consecuencia de su enriquecimiento sin

causa                                                                                                                                         

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